Corte Suprema de Justicia de la Nación, sentencia de fecha 24/04/2018- Rica Carlos Martin c. Hospital Aleman y otros s. Despido
VÃnculo contractual.
Locación de servicios. Contratación que perdura en el tiempo durante 7 años. Arbitrariedad de la sentencia que
tuvo por acreditada la relación laboral. Encuadre de la relación jurÃdica. Existencia de una guÃa que determinaba
los términos de la relación. Disidencia. Writ of certiorari
Corte Suprema de Justicia de la Nación- Sentencia de Fecha: 19/02/2015- Cairone, Mirta Griselda y otros c. Sociedad Italiana de Beneficencia en Buenos Aires - Hospital Italiano s/ despido. Fuente SAIJ.
Los herederos de quien prestaba servicios profesionales como anestesiólogo en un hospital privado demandaron a la prestadora de servicios de salud la indemnización por despido que le hubiera correspondido al causante, por entender que existió relación laboral en los términos del art. 23 de la LCT. En ambas instancias los jueces hicieron lugar a la demanda. Interpuesto recurso extraordinario, y la correspondiente queja ante su denegación, la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia.